El Poder Ejecutivo designa a las gobernaciones y municipalidades como Agentes de Retención del Impuesto al Valor Agregado

07 de April, 2021
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El Poder Ejecutivo a través del Decreto N° 5087/2021, designó como agentes de retención del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a las Gobernaciones y Municipalidades por la adquisición de bienes o servicios gravados por el citado impuesto de sus proveedores contribuyentes, domiciliados en el país.

En tal sentido, a partir del 01 de mayo de 2021 conforme a lo dispuesto en el citado Decreto, las Gobernaciones y Municipalidades deberán retener el ciento por ciento (100%) del IVA en carácter de pago único y definitivo a las personas físicas contratadas por ellas, cuando no sean profesionales, no se encuentren inscriptas en el RUC y siempre que estas opten por este mecanismo de pago.

En cuanto a los demás proveedores de bienes y servicios, las retenciones del IVA deberán realizarlas desde el 1 de enero de 2022.

Igualmente, a través del referido Decreto fue modificado la redacción del artículo 10 del Anexo al Decreto N.° 3107/2019.

Los interesados en consultar el Decreto N.° 5087/2021 pueden acceder a la sección Normativas/Decretos/2021 de la página web de la SET (www.set.gov.py).