La SET establece Régimen Especial de Facilidades de Pago para el IRP

08 de March, 2021
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La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) emitió la Resolución General N° 82/2021 por la cual establece un Régimen Excepcional y Transitorio de Facilidades de Pago del Impuesto a la Renta Personal (IRP), correspondiente al ejercicio fiscal cerrado al 31 de diciembre de 2020, con el objetivo de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de las personas físicas contribuyentes del referido impuesto.


La citada reglamentación establece que este régimen especial tendrá vigencia hasta el 30 de abril de 2021, a los efectos de que el contribuyente del IRP por rentas derivadas de la prestación de servicios personales y por las rentas y ganancias de capital regularice su obligación impositiva, abonando el impuesto debido en cuotas conforme a su capacidad de pago.

Para poder acceder a este plan excepcional de facilidades de pago, el contribuyente debe realizar una entrega inicial mínima del 20% de la deuda y fraccionar el resto hasta en 12 cuotas corridas, a una tasa del 1,4% de interés mensual..

Para dicho cometido, al momento de realizar su solicitud de facilidad de pago a través del Sistema Marangatu, deberá seleccionar el Plan de Facilidades de Pago N° 228 para el IRP por rentas derivadas de le prestación de servicios personales (IRP-RSP) y el Plan de Facilidades de Pago N° 229 para el IRP por rentas y ganancias del capital (IRP-RGC).

Finalmente, en caso de dudas, los contribuyentes del IRP tienen a su disposición el Tutorial “Cómo solicitar Facilidades de Pago” a través del Sistema Marangatu, en la sección “Tutoriales/Pago” en www.set.gov.py. Para más información los interesados pueden escribir a través de la sección “Contáctenos” en la misma página Web.