Notas de Crédito

11 de March, 2009

SEÑORES

PRESENTE

De nuestra consideración:

Cumplimos en trascribirle el Informe N° XXXXXXX del Consejo Consultivo de fecha XXXXXXXXX y providencia de esta Subsecretaría de Estado de Tributación obrante en el expediente N° XXXXXXXX, que copiado textualmente dice:

"Señor Geronimo Bellassai Baudo

Viceministro De Tributación"

En el presente Expediente Nº XXXXXXXX de fecha XXXXXXX, el XXXXXX en su carácter de Presidente de la firma XXXXXXXXXX. realiza la siguiente consulta, ... Crédito del I.V.A. originado através de devoluciones sobre ventas (NOTA DE CREDITO), esta duda consiste en la forma de presentación o exposición en los libros COMPRAS Y VENTAS. Ejemplifico: Cuando, se realiza una venta el I.V.A. Constituye un débito fiscal al contribuyente, y por ende se expone en el LIBRO VENTAS,solo que cuando hay devolución total o parcial de la mercadería vendida el I.V.A. Constituye un Crédito Fiscal. La pregunta es si esta I.V.A por devolución tiene que figurar en el LIBRO VENTA con signo negativo o tiene que exponerse ya en el LIBRO COMPRASeste Consejo ha procedido al análisis y consideración del cual surge cuanto sigue:

RESPUESTA

Al respecto, es dable aclarar lo establecido si el Artículo 11º del DECRETONº 6.539/05 que establece que las NOTAS DE CRÉDITO: Son documentos expedidos para anular operaciones, aceptar devoluciones y conceder descuentos o bonificaciones efectuados con posterioridad a la expedición del Comprobante de Venta.

Así también el art. 4° de la RESOLUCIÓN Nº 107/06 aclara que las Notas de Crédito y las Notas de Débito sólo deberán utilizarse con relación a transacciones efectuadas dentro del país.

Atendiendo la naturaleza de las NOTAS DE CREDITOS, corresponde registras en el Libro de Compras, en forma separada de las facturas CONTADOS y CREDITOS, pues dicho Libro Contable es el reflejo de todos los creditos fiscales del contribuyente, el cual debera ser reflejado en la Declaración Jurada del periodo correspondiente.

Respetuosamente, FDO. FERNANDO VIDAL FLECHA ARRUA, Director de Fiscalización, Dirección General de Fiscalización Tributaria, MARIA SELVA GIMENEZ, Directora de Recaudación, Dirección General de Recaudación, ALEJANDRO JARA MANZONI, Director de Planificación, Dirección de Planificación y Técnica Tributaria, NATALIA PALACIOS PEREZ, Directora de Apoyo, Dirección de Apoyo, JORGE LUIS GAONA, Director de Grandes Contribuyentes, Dirección General de Grandes Contribuyentes.

A LA SECRETARIA DEL CONSEJO CONSULTIVO EL INFORME QUE ANTECEDE, CON EL CUAL COMPARTE ESTA SUBSECRETARIA, A FIN DE NOTIFICAR AL RECURRENTE. FDO. GERONIMO BELLASSAI BAUDO VICEMINISTRO DE TRIBUTACIÓN VICEMINISTERIO DE TRIBUTACIÓN.

Abog. María E. Galván Del Puerto

Secretaria del Consejo Consultivo