Paraguay y el Reino de España concluyen negociaciones del Acuerdo para eliminar la doble tributación e incentivar las inversiones extranjeras

09 de November, 2022
img

El lunes 7 de noviembre de 2022 se realizó la tercera Ronda de Negociaciones de los aspectos técnicos del Convenio para Evitar la Doble Imposición y para Prevenir la Evasión Fiscal y Elusión Fiscal en materia de Impuestos sobre la Renta entre la República del Paraguay y el Reino de España, culminando de esta manera el proceso de negociación de dicho instrumento.

Esta ronda se llevó a cabo en la Dirección General de Tributos del Ministerio de Hacienda y Función Pública en Madrid (España) y la delegación del Ministerio de Hacienda de Paraguay estuvo encabezada por el viceministro de la Subsecretaría de Estado de Tributación Mg. Oscar Orué, quien estuvo acompañado de la jefa de Asesoría Técnica, Lilian Román (SET), el director de política macrofiscal Rolando Sapriza (SSEE) y el jefe de estudios macrofiscales Sr. Miguel Vega (SSEE), que conformaron el equipo técnico de negociadores.

Al respecto, cabe mencionar que además de fortalecer las relaciones entre ambos países, el principal impulso para la negociación de los aspectos técnicos del Convenio por parte del Ministerio de Hacienda, fue la intención de eliminar la doble imposición respecto a los impuestos a las rentas, sin generar oportunidades de no imposición o de imposición reducida mediante la evasión o la elusión fiscal, lo cual es crucial para lograr que, a partir de la suscripción del referido instrumento, este constituya un atractivo más en materia tributaria a las empresas residentes en España para invertir en diversos sectores en el país.

En ese sentido, se destaca que hubo un importante intercambio a nivel técnico que permitió concluir las negociaciones del texto del Convenio negociado, el cual recoge, en gran medida, las recomendaciones en la Acción 6 “Evitar el Uso abusivo de Convenios” del Marco Inclusivo BEPS de la OCDE, de las cuales se resaltan cláusulas para evitar el uso abusivo de los convenios, entre otros temas tributarios relevantes relativos a la definición de Establecimiento Permanente para la aplicación de la imposición compartida entre los Estados; la tributación compartida en materia de dividendos o intereses; el intercambio de información con fines tributarios, el mecanismo para eliminar la doble imposición en los Estados, el procedimiento para la resolución de controversias.

A partir del acuerdo técnico entre los jefes negociadores de ambos Estados, el Ministerio de Hacienda remitirá el texto técnico a fin de dar cumplimiento de las formalidades constitucionales y legales internas, entre ellas, el estudio y sanción en el Congreso Nacional para su posterior promulgación por el Poder Ejecutivo. Lo señalado constituyen procesos constitucionales necesarios para la entrada en vigencia del referido Acuerdo.

Para conocer más sobre el Marco Inclusivo BEPS en el que se encuentra la Acción 6 que refiere a los Convenios Tributarios, puede consultar el siguiente enlace https://www.oecd.org/tax/beps/folleto-marco-inclusivo-sobre-beps.pdf