Resolución General N° 03/18

RESOLUCIÓN GENERAL Nº 03

POR LA CUAL SE APRUEBA LA EMISIÓN DE FACTURAS VIRTUALES A TRAVÉS DEL SISTEMA GESTIÓN TRIBUTARIA “MARANGATU”.

 

              Asunción, 03 de octubre de 2018.

VISTO:

La Ley N° 125/1991 «Que establece el Nuevo Régimen Tributario» y sus modificaciones;

El Decreto N° 6539/2005 «Por el cual se dicta el reglamento general de Timbrado y Uso de Comprobantes de Venta, Documentos Complementarios, Notas de Remisión y Comprobantes de Retención», y sus modificaciones;

El Decreto N° 1030/2013 «Por el cual se reglamenta el Impuesto al Valor Agregado (IVA) establecido en la Ley N° 125/91 y sus modificaciones»;

La Resolución General N° 24/2014 «Por la cual se reglamenta el Decreto N° 1.030/13 «Por el cual se reglamenta el Impuesto al Valor Agregado (IVA) establecido en la Ley N° 125/91 y sus modificaciones»;

La Resolución General N° 61/2015 «Por la cual se implementa la emisión virtual de comprobantes de retención y de facturas, y se establece el inicio de un Plan Piloto»;

La Resolución General N° 63/2015 «Por la cual se aclaran aspectos relativos a la emisión virtual de comprobantes de retención y de facturas y se establecen otras disposiciones»; y

CONSIDERANDO:

Que mejorar el cumplimiento tributario supone mejorar la gestión de los diversos procesos que apoyan al sistema tributario, y parte de él lo constituye la infraestructura tecnológica, la cual debe actualizarse de manera constante.  

Que en el compromiso de optimizar los servicios brindados a los contribuyentes, la Administración Tributaria ha venido desarrollando planes que involucran la actualización en materia tecnológica, con miras a facilitar y simplificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales mediante el uso de sistemas tecnológicos amigables.

Que el empleo de la tecnología permite al contribuyente ahorrar costos e invertir menor tiempo en la gestión de trámites, constituyéndose así en una herramienta primordial para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

Que con la implementación de emisión virtual de documentos tributarios dispuesta en la RG N° 61/2015 se ha avanzado en lo concerniente a transparencia y además, se ha registrado un mejoramiento en las tareas de control y fiscalización de la Administración Tributaria, ya que gracias a ello esta cuenta con información actualizada.

Que el Artículo 1° del Decreto N° 6539/2005, modificado por el Decreto N° 10797/2013 faculta a la Administración Tributaria a establecer programas y/o sistemas especiales de emisión de documentos, timbrados o no, con el fin de implementar gradualmente la utilización de medios electrónicos.

Que la Dirección de Planificación y Técnica Tributaria se ha expedido en los términos del Dictamen DEINT/PN N° 10 del 01/10/2018.

POR TANTO,

EL VICEMINISTRO DE TRIBUTACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1°.-

Aprobar la emisión de facturas virtuales a través del Sistema Gestión Tributaria “Marangatu”, para lo cual el contribuyente o el tercero autorizado ingresará utilizando su Clave de Acceso confidencial de usuario.

Esta funcionalidad podrá utilizar el contribuyente que cuente con la autorización y timbrado para emitir factura virtual y no afectará la emisión de facturas realizada a través del Software Tesakâ, el cual seguirá vigente para su empleo.

Artículo 2°.-

La presente disposición entrará en vigencia a partir del 01/11/2018.

Artículo 3°.-

Publicar, comunicar a quienes corresponda y cumplido archivar.

 

FABIÁN DOMÍNGUEZ

VICEMINISTRO DE TRIBUTACIÓN