RESOLUCIÓN GENERAL N° 129
POR LA CUAL SE DISPONE LA IMPLEMENTACIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DEL NUEVO SISTEMA DE GESTIÓN TRIBUTARIA “MARANGATU 2.0” Y SE DICTAN MEDIDAS ADMINISTRATIVAS PARA ESTE EFECTO
VISTO: |
Los artículos 186 y 189 de la Ley Nº 125/1991 “Que establece el Nuevo Régimen Tributario” y sus modificaciones; y
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CONSIDERANDO: |
Que entre los objetivos definidos en el Plan Estratégico de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) para el periodo 2014-2018, se encuentra el de brindar más y mejores servicios al contribuyente, facilitando y simplificando el cumplimiento de sus obligaciones fiscales mediante el uso de tecnología de punta. Que con este propósito la SET se abocó primeramente a realizar importantes y cuantiosas inversiones para modernizar la infraestructura tecnológica, los servidores y el sistema de contingencia que albergarán al Nuevo Sistema “Marangatu 2.0” y permitirán aumentar su capacidad de procesamiento para soportar eficientemente el constante crecimiento de la información recibida y almacenada de manera de hacerlo más confiable, y garantizar su funcionamiento en caso de eventuales catástrofes y situaciones de crisis. Paralelamente, con la participación de expertos nacionales y extranjeros, se trabajó intensamente para realizar las sustanciales mejoras y actualizaciones en la arquitectura del software que darán lugar al Nuevo Sistema de Gestión Tributaria “Marangatu 2.0” el cual permitirá soportar eficientemente los requerimientos actuales y futuros de esta herramienta. Las mejoras incorporadas al Nuevo Sistema “Marangatu 2.0” facilitarán aún más el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes, pues a partir de las mismas el Sistema será adaptable a distintas plataformas, pudiendo ser operado desde computadoras personales, tabletas y teléfonos inteligentes, y contará con una nueva interfaz gráfica y un diseño vanguardista que harán que su uso sea mucho más amigable para realizar las gestiones tributarias. A su vez, optimizarán las tareas de administración, percepción, control y fiscalización que debe realizar esta Subsecretaría. Que por la envergadura y la magnitud del proceso para migrar los datos del actual Sistema “Marangatu” al Nuevo Sistema de Gestión Tributaria Marangatu 2.0”, los servicios prestados por la SET requieren ser interrumpidos, lo que afectará la normal atención de los trámites habitualmente realizados por los contribuyentes en línea así como en las oficinas de la capital y del interior del país, por lo que resulta necesario disponer las medidas administrativas que aseguren el éxito en el proceso de migración, minimizando las posibles contingencias. Que la Dirección de Planificación y Técnica Tributaria se ha expedido en términos del Dictamen DEINT/PN N° 07 del 27/04/2018. |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
POR TANTO, |
LA VICEMINISTRA DE TRIBUTACIÓN RESUELVE:
MARTA GONZÁLEZ AYALA VICEMINISTRA DE TRIBUTACIÓN |