Simplificación en los procesos de Inscripción, actualización y cancelación del RUC.

21 de January, 2021
img

La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) emitió la Resolución General N° 79/2021 que dispone en un solo cuerpo normativo los procedimientos de Inscripción en el Registro Único de Contribuyentes (RUC), la Actualización de Datos y la Cancelación teniendo en cuenta las disposiciones de la Ley N° 6380/2019.

Respecto al proceso de Inscripción en el RUC y con el objeto de facilitar el registro de dicha solicitud, se implementará a partir del 1 de mayo del presente año, la posibilidad de editar la información de la solicitud de inscripción cuando los datos consignados no correspondan o los documentos anexados se encuentren incompletos o no cumplan con los requerimientos establecidos. En estos casos, la SET remitirá las observaciones y un enlace al correo electrónico declarado, para que el interesado pueda realizar las correcciones dentro de 5 días hábiles siguiente a la remisión del enlace para dicho efecto.

Por otra parte, cabe resaltar que la SET procesará las solicitudes de inscripción y actualización de datos dentro de los 3 días hábiles siguientes a su ingreso, la solicitud de cancelación del RUC será gestionada dentro de los 10 días hábiles y la suspensión temporal del RUC podrá realizarse hasta un plazo máximo de 60 meses.

Además, desde el 1 de mayo se habilitará una opción en la página web para el ingreso de las solicitudes de Reactivación de RUC Cancelado, mientras tanto las mismas se recepcionarán a través de la sección Contáctenos.

La adecuación de los procedimientos administrativos agilizará y facilitará a los contribuyentes el acceso a las informaciones necesarias para la realización de los referidos trámites.

¡Seguimos “SIMPLIFICANDO” para brindar servicios ágiles y de calidad al contribuyente!

Para conocer más acerca de esta disposición puede acceder a la página web de la SET (www.set.gov.py) en la sección Normativas/Resoluciones/2021.