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Preguntas Frecuentes

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    1. Conformidad con el DTE: El receptor informa a la Administración Tributaria que conoce dicho documento y confirma que están correctos todas las informaciones del DTE, que no existen errores o inconsistencias en forma parcial o total y que ha recibido la mercadería o servicio 

    1. Disconformidad con el DTE: El receptor informa a la Administración Tributaria que conoce dicho documento, pero que en el comprobante existen errores o inconsistencias en forma parcial o total y tiene objeciones sobre la mercadería recibida y/o servicio prestado. 

     

    1. Desconocimiento con el DE o DTE: El receptor informa a la Administración Tributaria que desconoce el documento que fuera emitido a su nombre y la operación detallada en el mismo. El receptor informa a la Administración Tributaria que desconoce el documento que fuera emitido a su nombre y la operación detallada en el mismo. 

    Notificación de recepción de un DE o DTE: El receptor informa a la Administración Tributaria que ha recibido dicho documento, sin embargo, aún no tiene condiciones para manifestarse de forma conclusiva (con Conformidad, Disconformidad o Desconocimiento). Es un evento opcional y no se registra este evento si ya existe otro evento registrado de manifestación del destinatario.  

      

    Para efecto de gestionar este evento, en el futuro, el receptor podrá utilizar los servicios del SIFEN o en el Portal e-Kuatia para descargar el detalle todos los DTE emitidos a su nombre o razón social según reglas que se van establecer por la SET. 

  • Son aquellos eventos generados por una persona física o jurídica, a cuyo nombre fue emitido un documento electrónico. El registro del evento de receptor se puede dar sobre un DE o DTE.  

    Los eventos del receptor no invalidarán el DE o DTE, sino que quedarán marcados en el SIFEN y el emisor electrónico podrá conocer dicha situación