Tras la sentencia de la Corte, contribución tributaria de grandes agroexportadoras podría empeorar

06 de enero, 2018
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La sentencia que habría emitido la Corte Suprema de Justicia, que aún no fue notificada al Ministerio de Hacienda, sobre la Acción de Inconstitucionalidad contra el Decreto 1.029/13, promovida por 11 empresas exportadoras de soja y sus derivados primarios (*), agravará los efectos fiscales negativos de la también reciente decisión de la misma Corte de declarar la Inconstitucionalidad del IVA sobre intereses cobrados por las Cooperativas.

La sentencia que habría emitido la Corte Suprema de Justicia, que aún no fue notificada al Ministerio de Hacienda, sobre la Acción de Inconstitucionalidad contra el Decreto 1.029/13, promovida por 11 empresas exportadoras de soja y sus derivados primarios (*), agravará los efectos fiscales negativos de la también reciente decisión de la misma Corte de declarar la Inconstitucionalidad del IVA sobre intereses cobrados por las Cooperativas.

Los datos de los impuestos declarados por las 11 agroexportadoras entre los años 2009 al 2016 son ilustrativos para evaluar el impacto negativo que tendría la medida de la Corte.

Contribución Tributaria de las 11 agroexportadoras que serían beneficiadas con la Sentencia de la Corte

 

Fuente: Datos del Sistema Marangatu de la SET. *Incluyen pagos con créditos fiscales. Los créditos fiscales devueltos corresponden principalmente a ejercicios fiscales anteriores.

Total de devolución de créditos fiscales a las 11 agroexportadoras

 

 

Aporte porcentual de las 11 agroexportadoras sobre recaudación total de la SET

 

Como puede verse en el cuadro anterior, desde el año 2014 y hasta el cierre del 2016, estas empresas recibieron unos 661 mil millones de guaraníes (USD 125 millones) en concepto de devolución de créditos fiscales. Si a este monto se suma lo devuelto en el 2017, el total resultante superaría los USD 140 millones de devolución a las mismas. La contribución fiscal en el mismo periodo (2014-16) fue negativa, por valor de G. 147 mil millones en promedio por año (USD 28 millones), restando -1,0% al total de la recaudación de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET). A partir de ello, será preciso construir los diversos escenarios o proyecciones que el Fisco tendrá que enfrentar ante la sustancial reducción de las recaudaciones que podría darse. En definitiva, con el fallo de la Corte la contribución neta del sector agroexportador se tornaría aún más negativa en los próximos años.

La eventual devolución del 100% del IVA a estas agroexportadoras las pondría en una situación de injusto privilegio, al concederles un beneficio que no tienen otros sectores. Además, como ya se ha comentado previamente, esto tendrá un impacto fuertemente negativo en la recaudación tributaria efectiva del Estado, restando recursos para el financiamiento de los programas sociales.

(*) ADM PARAGUAY S.R.L.; A.L.G.I.S.A.; BISA S.A.; BUNGE PARAGUAY S.A.; CARGIL AGROPECUARIA S.A.C.I.; COMPLEJO AGROINDUSTRIAL ANGOSTURA S.A.; COMPAÑÌA PARAGUAYA DE GRANOS S.A.; CONTI PARAGUAY S.A.; LDC PARAGUAY S.A.; MERCANTIL COMERCIAL S.A.; OLEAGINOSA RAATZ S.A..