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Preguntas Frecuentes

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  • Las pruebas no son obligatorias y el ambiente se encuentra habilitado de manera permanente (todos los días durante las 24 hs, salvo previa comunicación cuando se deban realizar mantenimientos y/o ajustes al sistema); sin embargo, el contribuyente debe manifestar el cumplimiento de los requisitos de habilitación como facturador electrónico, y uno de sus requisitos es que ha realizado pruebas suficientes y mínimas de los servicios y funcionalidades del SIFEN con resultados satisfactorios. 

  • En el SIFEN existen dos tipos de Ambientes, los cuales son: 

    1. Ambiente de Pruebas: En este ambiente, la SET dispone los servicios web y funcionalidades básicas del SIFEN, y los datos de prueba (RUC, Timbrado y CSC) para que los potenciales facturadores electrónicos adheridos y designados por la SET realicen sus pruebas relativas a todo el proceso de facturación electrónica que comprende el ingreso con autenticación mutua, la validación de los Documentos Electrónicos generados, de la vigencia y revocación de los certificados digitales, de la firma digital de estos; el registro de eventos, y la consulta de los DTE con sus eventos. 

    Este ambiente les permite probar de manera efectiva su sistema informático de facturación a fin de determinar el correcto funcionamiento de este. Los documentos emitidos en este ambiente no tienen valor jurídico. 

      

    1. Ambiente de Producción: En este ambiente, la SET dispone los servicios y funcionalidades del SIFEN para que los facturadores electrónicos habilitados realicen la operación de facturación electrónica desde el ingreso con autenticación mutua basada en certificado digital, transmisión de los DE de manera sincrónica y asincrónica, validación (de conexión, técnicas, de firma digital, y de negocio) y reporte de resultados de los DE, registro de eventos, conservación y consulta de los DTE y sus eventos en la base de datos del SIFEN. Los DTE aprobados por parte del SIFEN en este ambiente tienen valor jurídico para los efectos tributarios. 

  • Un Web Service es un conjunto de protocolos y estándares que sirven para intercambiar datos entre aplicaciones. Los cuales son: 

    • WS Recepción de Documentos Electrónicos 

    • WS Recepción de Lote DE 

    • WS Consulta Resultado de Lote DE 

    • WS Consulta de DE 

    • WS Consulta de RUC 

    • WS Recepción de Eventos 

  • El contribuyente obligado, antes de la fecha indicada en el Artículo N.° 1 de la RG N° 105/2021, según corresponda al grupo 1 al 10, deberá cumplir con el procedimiento de comunicación de numeración utilizada y baja de documentos timbrados de medios de generación diferentes al electrónico, a excepción del Comprobante de Retención virtual cuando sea Agente de Retención. 

  • No genera ningún inconveniente la coincidencia del mismo establecimiento y punto de expedición (Pre-impreso / Electrónico) ya que son timbrados distintos y conforme a la RG N° 23/2019, en su Artículo 11 aclara que "... En la fase de “Adhesión Voluntaria”, el facturador electrónico podrá realizar la facturación electrónica de manera parcial respecto de sus operaciones comerciales, y coexistir en consecuencia, con los demás medios de generación de facturación pre-impreso, auto-impresor o virtual...". 

  • El timbrado otorgado por la SET no tendrá fecha “fin de vigencia”. 

  • Es una única autorización y timbrado para todos los tipos de Documentos Electrónicos y se podrán habilitar "n" puntos de expedición, y "n" establecimientos. 

  • Se va a permitir la emisión de Documentos Electrónicos (DE), con numeración de hasta 9.999.999 por cada establecimiento, punto de expedición y tipo de documento, debiendo el facturador electrónico, una vez utilizado en su totalidad dicho rango, reiniciar la numeración de sus Documentos Electrónicos con la serie AA.  

    Posteriormente cuando la numeración de la serie AA llegue al final (9.999.999) se iniciará la serie AB y así sucesivamente. No se podrá tener dos series de timbrado en simultáneo. 

  • La numeración del documento constará de 13 dígitos distribuidos de la siguiente manera:  

    1. Los tres primeros dígitos corresponderán al código del establecimiento, donde se expide el documento. Este código será asignado por la Administración Tributaria;  

    1. Separado por un guion, los siguientes tres dígitos corresponderán al código asignado por el contribuyente a cada punto de expedición dentro de un mismo establecimiento; y 

    1. Separada por un guion, la numeración secuencial de siete dígitos.  

  • La estructura del timbrado convencional se mantiene para los documentos electrónicos, es decir, estará expresada en caracteres numéricos, constituyendo un acto administrativo en virtud del cual los mismos quedarán autorizados para su expedición.  

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